Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia está integrada por veintidós Magistrados y Magistradas que forman parte de las tres Salas de Casación y la Sala Constitucional. Es presidida por un Magistrado electo por ella como Presidente por períodos de cuatro años con posibilidad de reelección.

Los Magistrados y las Magistradas son nombrados por la Asamblea Legislativa por períodos de ocho años y pueden ser reelectos por períodos iguales de conformidad con el artículo 158 de la Constitución Política.(Lista de Magistrados Propietarios)

Según lo establece la Ley N° 8503 “Apertura de la Casación Penal”, la Corte Suprema de Justicia tendrá, al menos, cuarenta y cuatro magistrados suplentes, de los cuales diez estarán asignados a cada una de las Salas de Casación y catorce a la Sala Constitucional. Serán nombrados por la Asamblea Legislativa, durarán en sus funciones cuatro años, prestarán juramento ante la misma Asamblea, y deberán reunir los requisitos exigidos a los titulares, excepto el de rendir garantía. Lista de Magistrados Suplentes.

El quórum de la Corte en pleno es de quince Magistrados/as, salvo en aquellos casos en que la ley exija un número mayor o la concurrencia de todos sus miembros.

Las decisiones se tomarán por mayoría de los votos presentes, salvo en los casos en que la ley disponga otra cosa.

La Corte sesiona ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente o por solicitud de siete Magistrados/as.

También se reúne una vez al año en una sesión solemne durante el mes de marzo, para inaugurar el Año Judicial. En esta sesión, el Presidente rinde un informe sobre la administración de justicia.

Las sesiones y votaciones son públicas, salvo en los casos en que la ley disponga lo contrario o cuando la Corte acuerde que sean privadas.

Las funciones de la Corte Suprema de Justicia las establece el artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ver documento 

Las funciones del Presidente de la Corte las define el artículo 60 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ver documento